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CONVENCION DE LA NACIONES
UNIDAS DE LUCHA CONTRA LA DESERTIFICACION EN LOS PAISES
AFECTADOS POR SEQUIA GRAVE O DESERTIFICACION, EN PARTICULAR
EN AFRICA
Las Partes en la presente Convención,
Afirmando que los seres humanos en las zonas afectadas
o amenazadas constituyen el centro de las preocupaciones
en los esfuerzos de lucha contra la desertificación
y mitigación de los efectos de la sequía,
Haciéndose eco de la urgente preocupación
de la comunidad internacional, incluidos los Estados
y las organizaciones internacionales, por los efectos
perjudiciales de la desertificación y la sequía,
Conscientes de que las zonas áridas, semiáridas
y subhúmedas secas representan una proporción
considerable de la superficie de la Tierra y son el
hábitat y la fuente de sustento de una gran
parte de la población mundial,
Reconociendo que la desertificación y la sequía
constituyen problemas de dimensiones mundiales, ya
que sus efectos inciden en todas las regiones del
mundo, y que es necesario que la comunidad internacional
adopte medidas conjuntas para luchar contra la desertificación
y mitigar los efectos de la sequía,
Tomando nota del elevado porcentaje de países
en desarrollo y, en especial, de países menos
adelantados, entre los países afectados por
sequía grave o desertificación, así
como de las consecuencias particularmente trágicas
que dichos fenómenos acarrean en Africa,
Tomando nota también de que la desertificación
tiene su origen en complejas interacciones de factores
físicos, biológicos, políticos,
sociales, culturales y económicos,
Considerando los efectos que el comercio y otros
aspectos pertinentes de las relaciones económicas
internacionales tienen en la capacidad de los países
afectados de luchar eficazmente contra la desertificación,
Conscientes de que el crecimiento económico
sostenible, el desarrollo social y la erradicación
de la pobreza son las prioridades de los países
en desarrollo afectados, en particular en Africa,
y que son esenciales para lograr los objetivos de
un desarrollo sostenible,
Conscientes de que la desertificación y la
sequía afectan el desarrollo sostenible por
la relación que guardan con importantes problemas
sociales, tales como la pobreza, la salud y la nutrición
deficientes, la falta de seguridad alimentaria, y
los problemas derivados de la migración, el
desplazamiento de personas y la dinámica demográfica,
Apreciando la importancia de los esfuerzos realizados
y la experiencia acumulada por los Estados y las organizaciones
internacionales en la lucha contra la desertificación
y la mitigación de los efectos de la sequía,
particularmente mediante la aplicación del
Plan de Acción de las Naciones Unidas de lucha
contra la desertificación, que tuvo su origen
en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre la
Desertificación, de 1977,
Comprobando que, a pesar de los esfuerzos desplegados,
no se han realizado los progresos esperados en la
lucha contra la desertificación y la mitigación
de los efectos de la sequía, y que es preciso
adoptar un enfoque nuevo y más efectivo a todos
los niveles, en el marco del desarrollo sostenible,
Reconociendo la validez y la pertinencia de las decisiones
adoptadas en la Conferencia de las Naciones Unidas
sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, y especialmente
del Programa 21 y su capítulo 12, que proporcionan
una base para luchar contra la desertificación,
Reafirmando, a la luz de lo anterior, los compromisos
de los países desarrollados previstos en el
párrafo 13 del capítulo 33 del Programa
21,
Recordando la resolución 47/188 de la Asamblea
General, y, en particular, la prioridad que en ella
se asigna a Africa, y todas las demás resoluciones,
decisiones y programas pertinentes de las Naciones
Unidas sobre la desertificación y la sequía,
así como las declaraciones formuladas en ese
sentido por los países de Africa y de otras
regiones,
Reafirmando la Declaración de Río sobre
el Medio Ambiente y el Desarrollo en cuyo Principio
2 se establece que, de conformidad con la Carta de
las Naciones Unidas y los principios del derecho internacional,
los Estados tienen el derecho soberano de explotar
sus propios recursos con arreglo a sus políticas
de medio ambiente y de desarrollo, y la responsabilidad
de garantizar que las actividades realizadas bajo
su jurisdicción o control no causen perjuicios
al medio ambiente de otros Estados o zonas situados
más allá de los límites de la
jurisdicción nacional,
Reconociendo que los gobiernos de los países
desempeñan un papel fundamental en los esfuerzos
de lucha contra la desertificación y mitigación
de los efectos de la sequía y que los progresos
que se realicen al respecto dependen de que los programas
de acción se apliquen a nivel local en las
zonas afectadas,
Reconociendo también la importancia y la necesidad
de la cooperación y la asociación internacionales
para luchar contra la desertificación y mitigar
los efectos de la sequía,
Reconociendo además la importancia de que
se proporcionen a los países en desarrollo
afectados, en particular los de Africa, medios eficaces,
entre ellos recursos financieros sustanciales, incluso
recursos nuevos y adicionales, y acceso a la tecnología,
sin los cuales les resultará difícil
cumplir cabalmente las obligaciones contraídas
en virtud de la presente Convención,
Preocupadas por el impacto de la desertificación
y la sequía en los países afectados
de Asia Central y transcaucásicos,
Destacando el importante papel desempeñado
por la mujer en las regiones afectadas por la desertificación
o la sequía, en particular en las zonas rurales
de los países en desarrollo, y la importancia
de garantizar a todos los niveles la plena participación
de hombres y mujeres en los programas de lucha contra
la desertificación y mitigación de los
efectos de la sequía,
Poniendo de relieve el papel especial que corresponde
a las organizaciones no gubernamentales y a otros
importantes grupos en los programas de lucha contra
la desertificación y mitigación de los
efectos de la sequía,
Teniendo presente la relación que existe entre
la desertificación y otros problemas ambientales
de dimensión mundial que enfrentan la colectividad
internacional y las comunidades nacionales,
Teniendo presente también que la lucha contra
la desertificación puede contribuir al logro
de los objetivos de la Convención sobre la
Diversidad Biológica, la Convención
Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático
y otras convenciones ambientales,
Estimando que las estrategias para luchar contra
la desertificación y mitigar los efectos de
la sequía tendrán la máxima eficacia
si se basan en una observación sistemática
adecuada y en conocimientos científicos rigurosos
y si están sujetas a una evaluación
continua,
Reconociendo la urgente necesidad de mejorar la eficiencia
y la coordinación de la cooperación
internacional para facilitar la aplicación
de los planes y las prioridades nacionales,
Decididas a adoptar las medidas adecuadas para luchar
contra la desertificación y mitigar los efectos
de la sequía en beneficio de las generaciones
presentes y futuras,
Han convenido en lo siguiente:
UNCCD Parte 1: Introducción
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