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8. FINANCIAMIENTO DE LAS
ACTIVIDADES DE LUCHA CONTRA
LA DESERTIFICACIÓN
¿Cuánto dinero
se necesita para luchar contra la desertificación?
Es difícil calcular el monto necesario para
alcanzar el objetivo de la Convención de Lucha
contra la Desertificación. En gran parte, el
costo dependerá del contenido de los programas
de acción nacionales por medio de los cuales
los países afectados tratarán de llevar
a efecto la Convención. El Programa de las
Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) estima
que veinte años de esfuerzos efectivos a nivel
mundial costarían entre 10.000 y 22.000 millones
de dólares de los EE.UU. cada año. Para
tener una perspectiva objetiva de estas estimaciones,
el PNUMA calcula asimismo que la desertificación
priva a los países afectados de unos ingresos
anuales próximos a los 42.000 millones de dólares.
¿Cuánto dinero
se desembolsa en la actualidad? Ni los presupuestos
nacionales ni las estadísticas sobre las transferencias
financieras internacionales hacia los países
en desarrollo ofrecen unas cifras claras respecto
de los gastos que insume la lucha contra la desertificación.
La determinación de dichos montos será
una importante nueva tarea para la Conferencia de
las Partes en la Convención (CP) y para su
Mecanismo Mundial (véase infra).
¿Cuáles son
las principales fuentes de financiación?
La fuente más cuantiosa de esos fondos son
los propios países afectados. La asistencia
bilateral oficial para el desarrollo que se concede
en condiciones de donación o favor constituye
la fuente externa más importante para África,
en tanto que las principales fuentes externas de fondos
para América Latina y Asia son los préstamos
bancarios multilaterales de carácter comercial.
De igual importancia para estas regiones son las inversiones
privadas extranjeras, de las que África apenas
se ha beneficiado. El Banco Mundial, el Fondo Internacional
de Desarrollo Agrícola (FIDA), los bancos regionales
de desarrollo y otras instituciones financieras internacionales
desempeñan también un papel prominente,
al igual que las organizaciones y organismos de las
Naciones Unidas. Las organizaciones no gubernamentales
constituyen otra importante fuente de recursos, particularmente
en África.
¿Cómo se
financiarán las actividades en el marco de
la Convención? Contrariamente a sus
convenciones hermanas sobre el cambio climático
y la diversidad biológica, la Convención
de Lucha contra la Desertificación no establece
un "mecanismo" financiero nuevo para administrar
los fondos destinados a financiar sus proyectos y
actividades. En cambio, subraya la necesidad de obtener
un financiamiento sustancial de las fuentes existentes,
y de racionalizar y consolidar su gestión
¿Qué compromisos
financieros han suscrito las Partes? Los países
en desarrollo afectados deberán asignar los
recursos adecuados, con arreglo a sus situaciones
y posibilidades. Los países desarrollados tendrán
que proporcionar "recursos financieros sustanciales
y otras formas de apoyo", particularmente en
forma de subvenciones y de préstamos en condiciones
favorables, mediante mecanismos bilaterales y multilaterales.
También se han comprometido a solicitar fondos
nuevos y adicionales por conducto del Fondo para el
Medio Ambiente Mundial (FMAM) para sufragar las actividades
de lucha contra la desertificación, que revisten
también interés para el FMAM en las
vertientes de diversidad biológica, cambio
climático, y aguas internacionales. Uno de
los principales motivos de preocupación que
obstaculizan la aplicación de la Convención,
como subrayaron los países afectados en sus
informes nacionales, es la falta de recursos financieros
predecibles y sustanciales. Los programas de acción
han resultados costosos. En respuesta a esa fuente
de preocupación, el Consejo del FMAM decidió
en 2001 que la mejor forma de potenciar el apoyo financiero
del FMAM para la aplicación de la Convención
es incorporar la degradación de las tierras
(desertificación y desforestación) como
quinta esfera temática del FMAM. Se espera
que la Asamblea del FMAM, que se celebrará
en Beijing en octubre de 2002, modifique en consonancia
el FMAM como instrumento de financiación. Además,
los países desarrollados alentarán la
financiación del sector privado y de fuentes
no gubernamentales, incluidos los canjes de deuda
y otros medios innovadores, con objeto de aliviar
las cargas de la deuda externa. Independientemente
de estos compromisos, todo país Parte es libre
de proporcionar voluntariamente recursos financieros
a los países en desarrollo afectados.
¿Cómo se
coordinará la aportación de fondos de
los donantes hacia los países afectados, a
fin de asegurar la mayor eficacia? En su primer
período de sesiones, celebrado en octubre de
1997, la Conferencia de las Partes señaló
al Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola
(FIDA) como institución de acogida del Mecanismo
Mundial; su papel consiste en promover actuaciones
encaminadas a la movilización y canalización
de recursos sustanciales hacia los países en
desarrollo afectados, y en particular la transferencia
de tecnología. Es de esperar que, con esa nueva
área temática del FMAM, el papel del
Mecanismo Mundial se limite a la movilización
de recursos provenientes de organismos de desarrollo
bilaterales y multilaterales distintos del FMAM.
¿Cómo se
harán llegar los fondos a los proyectos y actividades
que más los necesitan? La Convención
señala que los fondos deben obtenerse y asignarse
con un criterio integrado, 'de abajo hacia arriba',
con una plena participación de las comunidades
locales. El Anexo de Aplicación Regional para
África estipula que los gobiernos beneficiarios
deberán elaborar políticas y procedimientos
para canalizar más eficazmente los recursos
hacia los grupos de ámbito local. Esos fondos
permitirán a las organizaciones no gubernamentales
asumir una función sin precedentes, la de conseguir
que las comunidades locales obtengan los recursos
externos que necesitan para llevar a cabo sus propios
programas. Los gobiernos facilitarán también
un marco macroeconómico que permitirá
movilizar recursos financieros y hará posible
que el conjunto de la ayuda financiera se integre
plenamente en el conjunto de sus programas nacionales
de desarrollo. Por su parte, la CP promoverá
la obtención de fondos nacionales destinados
a la lucha contra la desertificación y la creación
de otros mecanismos para canalizar los fondos a nivel
local.
Secciones pertinentes de
la Convención: 5,
6,
13,
20
y 21;
y Anexos de aplicación regional para África
(Artículo
15), América Latina y el Caribe (Artículo
6), Asia (Artículo
7) y Europa Central y Oriental (Artículo
7).
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